TÉRMINOS Y CONDICIONES

Trivia Positiva Wake up: “Trivia bien arriba”

1. BENNU S.A. (en adelante, el “Organizador”) con domicilio en Olazábal 1515 Piso 6 Depto. “B604”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promueve y organiza esta promoción, denominada “Trivia Positiva Wake up: ‘Trivia bien arriba’ ” (en adelante, el “Entretenimiento”), para clientes de Telecom Personal S.A. (En adelante El Operador), que es válido en todo el territorio de la República Argentina.

VIGENCIA: El Entretenimiento estará vigente desde el 3 de marzo de 2015 a las 00:00 hs hasta las 23:59 hs del 3 de abril de 2015. El número corto (en adelante el “Número Corto”) a utilizar será el 779778 y estará sujeto al presente reglamento (en adelante, el “Reglamento”):

Las personas intervinientes en este Entretenimiento por su sola participación (en adelante los “Participante/s/Cliente/s” indistintamente) aceptan de pleno derecho y prestan su expresa conformidad con todas y cada una de las disposiciones enunciadas y descriptas en este Reglamento, así como las decisiones o estipulaciones que conforme a Derecho adopte el Organizador sobre cualquier cuestión no prevista en el mismo. El Organizador tendrá el derecho a definir, establecer e interpretar aquellas situaciones o circunstancias que no estén expresamente previstas en el presente Reglamento, sin afectar la esencia del evento -las que excluyen el azar- decisiones que serán inapelables y respecto de las cuales los Clientes no tendrán derecho a reclamo alguno, aclarándose que cualquier modificación será ajustada a la legislación vigente.

2. OBJETIVO DEL ENTRETENIMIENTO

El objetivo es promocionar el servicio de entretenimiento brindado a los Clientes del Operador, a través de la plataforma de servicios provista por el Organizador, el cual consta de un juego de preguntas y respuestas vinculadas al entretenimiento y la cultura general destinado a medir la destreza de los jugadores donde se excluye el azar (en adelante, indistintamente el “Servicio” o la “Trivia”).

El Cliente que al final de cada semana haya obtenido la mayor cantidad de puntos acumulados en la Trivia y esté suscripto a nuestros servicio de suscrpción semanal Ser+Positivo durante ese periodo resultará premiado con uno de los Premios -según se definirá más adelante- (en adelante Premio/s indistintamente) consignados en el punto 8 de este Reglamento.

Adicionalmente, los Clientes podrán participar del Entretenimiento y acceder a los Premios previstos en el punto 8 de este Reglamento.

3. PARTICIPANTES

Podrán participar del Entretenimiento toda persona física capaz, titular de una o más líneas de telefonía móvil pertenecientes exclusivamente al Operador, mayor de 18 años de edad, que cumpla con todos y cada uno de los siguientes requisitos:

a) ser residente en el ámbito de la República Argentina.

b) ser cliente del Operador, cuya solicitud no debe encontrarse en estado rechazado, anulado o retenido por alguna irregularidad y cuente con líneas de telefonía móvil activas contratadas bajo la modalidad Personal con Factura y/o Personal con Abono Fijo y/o Personal con Tarjeta. Se deja constancia que a los efectos de participar en este Entretenimiento, los Clientes no deberán contar con saldo negativo -se entiende por saldo negativo el supuesto en el cual un cliente realiza consumos (Voz, SMS, GPRS, etc.) sin tener saldo disponible en la plataforma del Operador para cubrir dichos consumos (en adelante “Saldo Negativo”); deberán contar con saldo disponible de modo que el Organizador pueda cobrar los puntos otorgados temporalmente, durante la semana consecutiva a la acreditación de los 1000 puntos, según lo descripto en el punto 4. Los clientes con saldo negativo participarán con una acreditación temporal de puntos sujeta a cobro.

c) que se suscriban al servicio descripto en el punto 4 de este Reglamento por medio del envío de un mensaje de texto (en adelante “SMS”) al Número Corto 77977 (siete-siete-nueve-siete-siete) indicando la palabra clave “PSTV”, a través del menú de la SIM o por la aceptación de suscripción al Servicio por medio de un mensaje de texto emergente en la pantalla del terminal.

d) que participen según el mecanismo sin obligación de compra previsto en el presente Reglamento;

e) en los casos de los Clientes con plan Personal con Factura o Personal con Abono Fijo, no registrar deudas con el Operador, ni encontrarse en mora en el pago de las facturas correspondientes a los servicios de telefonía móvil del Operador; de conformidad con lo que se establece en el punto 14 de este Reglamento. Se considerará que un Cliente se encuentra en mora en dicha circunstancia, cuando se verifica la existencia de alguna factura vencida o impaga de los referidos servicios. El concepto de mora que se establece en este punto solo resultará aplicable a los fines del desarrollo del presente Entretenimiento, sin que pueda ser trasladado, a ningún efecto, a relaciones contractuales entre los Clientes y el Organizador y el Operador. Tampoco podrá el Cliente tener interrumpido el servicio de telefonía móvil o haber sido éste dado de baja ni encontrarse en alguna situación de irregularidad frente al Operador; También podrán participar del Entretenimiento aquellas personas que participen bajo la modalidad “sin obligación de compra” explicitada en el punto 17 el presente Entretenimiento.

4. MECANICA DE PARTICIPACIóN:

ALTA: Los Clientes que deseen participar deberán acceder al Entretenimiento mediante el envío de un SMS (mensaje corto de texto cuyo precio es mayor al del plan contratado por el Cliente) al Número Corto 779778 (en adelante, el “SMS de registro”), que deberá contener la palabra clave “FELIZ” o por la aceptación de suscripción al Servicio por medio de un mensaje de texto emergente en la pantalla del terminal. Para poder participar de los premios finales el usuario deberá estar suscripto al servicio de suscripción semanal Ser+Positivo al cual podrá darse de alta a través del número corto 77977 (siete-siete-nueve-siete-siete) con la clave “PSTV” o por la aceptación de suscripción al Servicio por medio de un mensaje de texto emergente en la pantalla del terminal.

La suscripción al Entretenimiento Ser+Positivo tendrá un costo semanal para el Cliente de pesos doce con cincuenta y centavos ($12,50) impuestos incluidos consumidor final. Por otro lado, los SMS que el Cliente envíe para responder las preguntas de la Trivia y aumentar sus puntos tendrán cargo extra de pesos tres con noventa y nueve centavos ($3,99) impuestos incluidos consumidor final por cada SMS enviado al Número Corto 779778 (siete-siete-nueve-siete-siete-ocho).

Una vez que el Cliente envíe el SMS de registro para efectuar la suscripción al Entretenimiento, el teléfono celular desde el cual fue enviado recibirá un SMS del Organizador desde el Número Corto 77977 con la confirmación de la suscripción al Entretenimiento, el costo y el modo de cancelación del mismo

A partir de ese momento, el Cliente quedará suscripto al Entretenimiento, aceptando todas las condiciones del mismo, lo que incluye sin limitación, los precios y términos para participar del Entretenimiento.

Se deja aclarado que el Cliente NO debe aceptar semanalmente la participación, sino que con la aceptación inicial, queda suscripto y se aplican las validaciones mencionadas a continuación para participar en el Entretenimiento.

A partir de la suscripción al Entretenimiento, durante todas las semanas de vigencia del mismo, el Organizador enviará al Cliente un SMS de cobro (en adelante, “MT”) a los efectos de cobrar al Cliente el costo semanal que le permite acumular los puntos de cada semana. Para el caso de que el cobro del costo semanal no resulte satisfactorio, (ej. sin crédito, etc.), la acreditación quedará sujeta a que efectivamente se cobre en días subsiguientes ese coste semanal.

Si finalmente NO se lograra cobrar el costo mencionado anteriormente, se retraerán los puntos acreditados temporalmente y el Cliente quedara excluido de la participación del Servicio, sin derecho a realizar reclamo, o exigir compensación o indemnización alguna.

PREGUNTAS DE LA TRIVIA:

Las preguntas de la Trivia serán sobre temáticas vinculadas al entretenimiento y cultura general. El Cliente deberá responder cada pregunta enviando un SMS con la letra correspondiente a la opción por él elegida (A o B) según la consigna formulada o mediante la contestación de preguntas por medio de menues de texto emergentes que podrán aparecer en las pantallas de los terminales de los participantes suscriptos al Entretenimiento

Por responder la pregunta recibida con un SMS o mediante un menu de texto correctamente, el Cliente sumará 200 (doscientos) puntos. En caso contrario, si la respuesta es incorrecta, recibirá 100 (cien) puntos. Ante cada respuesta, ya sea correcta o incorrecta, el Cliente accederá a la siguiente pregunta.

Si por cualquier causa, incluyendo caso fortuito o fuerza mayor, el Cliente debiera cambiar su número de línea celular mientras el Entretenimiento está vigente, los puntos acumulados no podrán transferirse a un nuevo número de línea celular.

5. A exclusivo criterio del Organizador, en determinados momento del Entretenimiento el Organizador podrá proponer un “reto” o “consigna”. La respuesta correcta a dicho “reto” o “consigna” otorgará puntos adicionales que serán comunicados con antelación a través del numero corto 779778. Dicho incremento variará de acuerdo a días, horarios, fechas o cualquier otro elemento específico que así lo identifique e indique exclusivamente el Organizador. Todos los puntos acumulados por el Cliente siempre serán comunicados a través del Número Corto 779778.

Del mismo modo, a lo largo de la duración del presente Entretenimiento, el Organizador podrá enviar a diferentes grupos de Clientes (que no hayan solicitado darse de baja) diferentes mensajes de textos estímulo, invitándolos a participar de eventos especiales con Premios específicos por evento.

Los Clientes podrán efectuar todos los envíos de mensajes que deseen a fin de intervenir sin límite alguno con excepción de lo establecido en el presente Reglamento.

6. BAJA:

El Cliente podrá solicitar la cancelación del servicio de Entretenimiento (esto es dejar de participar) enviando un SMS sin cargo al 77977 con la palabra clave “BAJA”. La baja del Entretenimiento implicará la cancelación en el envío de cualquier mensaje estímulo al Cliente, para que continúe respondiendo, así como mensajes informativos dentro de la aplicación, o invitaciones a participar dentro de franjas y momentos especiales.

7. MODALIDADES DE JUEGO:

El Entretenimiento contará con una modalidad de juego, a saber:

a. Modalidad o puntaje:

Desde el inicio del Entretenimiento los Clientes acumularán puntos por semana momento en el que se elaborará los computos de puntaje y se pondrán a cero los contadores de puntos de esta modalidad. En cada cómputo, el Cliente que haya logrado la mayor calidad de puntos será el Ganador potencial.

7.1 Todos los SMS que los Cliente reciban desde el Número Corto 779778 incentivándolos a responder consignas del Entretenimiento, no poseen costo alguno para los Clientes, tampoco los mensajes de preguntas o incentivos enviados por el Organizador. Los mensajes que sean respondidos por el Cliente poseen un costo de pesos tres con noventa y nueve centavos ($3,99) impuestos incluidos consumidor final por cada SMS enviado al 779778.

8. PREMIOS:

Los Premios serán los siguientes:

PREMIOS MODALIDAD FINAL DE CONCURSO:

Habrán 5 premios al finalizar la trivia y constan de los siguientes: 8.a) Puesto 1 : $10.000 (diez mil) pesos a criterio y elección del Organizador . Puesto 2 : $7.000 (siete mil) pesos a criterio y elección del Organizador. Puesto 3 : $5.000 (cinco mil) pesos a criterio y elección del Organizador

(El premio no implica existencia o reconocimiento por parte de Bennu S.A. de relación laboral alguna.).

8.1 La adquisición y entrega de los Premios mencionados a los Ganadores será responsabilidad exclusiva del Organizador. Ninguno de los Premios podrá transferirse a terceras personas. Los Premios no incluyen ninguna otra prestación, bien o servicio no enumerado en el presente Reglamento. Todo concepto no comprendido en los Premios estará a cargo y cuenta exclusivo del/os Ganador/es (en adelante Ganador/es). Los Premios son intransferibles.

8.2 Todos los costos que se deriven de la obtención de los Premios, así como todo impuesto, trámite, gasto y/o tributo que deba actualmente abonarse o que se imponga en el futuro sobre los bienes y servicios ofrecidos como Premios en el presente Entretenimiento, así como los gastos en que incurran los Participantes como consecuencia de la obtención y entrega de los mismo incluyendo, sin limitación, aquellos gastos de traslado y estadía, en que incurran para procurar la entrega del Premio, se encontrarán a exclusivo cargo, costo y responsabilidad de los Ganadores. El Ganador deberá acreditar su situación impositiva frente a la AFIP y la provincia donde se domicilie o se encuentre inscripto, en caso de corresponder, así como el pago de todo impuesto, gravamen, tasa o contribución que se origine y/o se vincule directa o indirectamente con el Premio a recibir.

Todo impuesto, gravamen, tasa y/o contribución que deba tributarse en forma directa y/o indirecta sobre los Premios quedará a cargo de los Ganadores, pudiendo el Organizador condicionar la entrega de los Premios a la acreditación por parte del Ganador del pago de los referidos conceptos. Con relación a los Premios que así lo requieran, serán a cargo de los Ganadores la obtención de toda la documentación necesaria para usar, gozar y/o disponer del Premio, así como de obtener los permisos pertinentes y/o inscripciones en registros de las autoridades gubernamentales que correspondan, así como la contratación de seguros y cualquier otra prestación que sea necesaria a los efectos de poder usar, gozar y/o disponer del Premio; y ni el Organizador ni el Operador, serán responsables por la imposibilidad del Ganador de usar, gozar y/o disponer del Premio que esté relacionada con la ausencia de alguno de estos recaudos por parte del Ganador. Los premios no incluyen ningún otro adicional que lo que está descrito en las bases y condiciones. Cualquier gasto que surja para el uso del premio será a cargo del Ganador.

8.3 Los Premios ofrecidos en el presente Entretenimiento, deberán ser retirados por los Ganadores en el lugar, fecha y horario indicado por el Organizador al momento del contacto telefónico.

8.4 La responsabilidad del Organizador y del Operador por todo concepto finaliza con la puesta a disposición del Ganador del Premio correspondiente. el Operador no será responsable de los daños y perjuicios que pudieran sufrir el Ganador y/o terceros, en sus personas o bienes, con motivo de la utilización de los Premios.

8.5 Los Ganadores deberán suscribir una carta como constancia de recepción del Premio y liberación de responsabilidad.

9. SELECCIÓN DE GANADORES

Será Ganador del Entretenimiento en sus modalidad “Final” todo aquel Participante que haya enviado y abonado un SMS de acuerdo a las consignas o requerimientos que el propio mecanismo del Entretenimiento le vaya señalando, y que posteriormente de acuerdo al puntaje sea quien haya obtenido la mayor cantidad de puntos en el menor tiempo por haber sido el más rápido o veloz, que utilizó sus conocimientos y habilidades para obtener el Premio.

En caso de empate será potencial Ganador el Cliente que hubiere enviado primero el primer mensaje de texto para participar del Entretenimiento.

Dada la mecánica de participación del Entretenimiento, se excluye categóricamente de la presente la presencia del azar. Este Entretenimiento, no está alcanzado por las normas dictadas por la Lotería Nacional, no obstante lo cual tiene de plena conformidad con las normas vigentes de Lealtad Comercial, concordantes, supletorias y/o conexas aplicables a este tipo de entretenimiento

Se realizarán Actos de “Declaración de Ganadores potenciales” en el domicilio del Organizador, ante presencia de Escribano Público, dentro de los treinta (120) días hábiles subsiguientes a cada uno de los períodos antedichos de duración. Sólo será reputado Ganador todo aquel Cliente que de cumplimiento a todas y cada una de las condiciones antes mencionadas y cumpla con lo establecido en los artículos 11 a 16 del presente Reglamento.

11. En el acto de “Declaración de Ganadores potenciales” a que se refiere la cláusula 10 del presente Reglamento se verificará, mediante el sistema mencionado en las cláusulas precedentes, un Ganador potencial para cada una de las modalidades del juego y 3 Ganadores potenciales suplentes de la misma base de datos, que serán convocados en el orden según la mayor cantidad de puntos acumulados. Una vez determinados los Ganadores potenciales, el Organizador procederá a solicitar al Operador las constancias que permitan determinar que los mismos no se encuentren en mora en el pago de los servicios y que cumplen con los demás requisitos exigidos en el presente Reglamento. Verificados dichos extremos el Organizador procederá a establecer una comunicación telefónica con el Ganador potencial llamando al ANI (número de teléfono móvil del Cliente) desde el cual se envió el mensaje que originó la participación en el Entretenimiento o al denunciado como teléfono de contacto si participo bajo la modalidad sin obligación de compra y se procederá a comunicarle que ha resultado Ganador potencial conforme al presente Reglamento.

12. En caso de que la comunicación no pueda ser establecida, por cualquier razón que ello fuera incluyendo, sin limitación, que la línea se encuentre ocupada, no se responda al llamado, o que se comunique con casilla de mensajería, el Organizador procederá a realizar un nuevo intento de comunicación. Si al segundo intento la comunicación no pudiera ser establecida, el Cliente quedará eliminado, sin derecho a reclamo alguno. En caso de no poder entablarse comunicación con el potencial Ganador, se procederá a llamar telefónicamente al primer potencial Ganador suplente, bajo el mismo método y se reiterará el procedimiento de llamados telefónicos estipulado en el punto 11 y en el presente. Este procedimiento se llevará a cabo hasta tanto se obtenga un Ganador. En el caso que el potencial Ganador haya participado bajo la modalidad sin obligación de compra se efectuara la comunicación mediante el envío de una carta simple por el Correo Argentino.

13. Las llamadas telefónicas a que se refieren los puntos anteriores del presente Reglamento podrán ser realizadas en cualquier día hábil de la semana en cualquier horario comprendido entre las 10:00 horas y las 20:00 horas.

14. REQUISITOS DE ASIGNACION DEL PREMIO:

Para acceder a los Premios previstos en la modalidad Mensual del Entretenimiento, los potenciales Ganadores deberán cumplir con los siguientes requisitos: a) Presentarse en el lugar, fecha y hora dispuesta por el Organizador, b) Exhibir el original de su documento único de identidad (DNI, L.E o LC) y entregar una fotocopia del mismo, c) En caso de tratarse de una línea telefónica prepaga, deberá presentarse con el equipo celular y “chip” desde el cual se participó, d) No encontrarse en mora en el pago de las facturas correspondientes a los servicios de telefonía móvil del Operador (se considera que el Cliente se encuentra en dicha circunstancia cuando el operador así lo informe), e) En caso de menores de edad, acreditar la emancipación.

15. ENTREGA DE PREMIOS

Una vez cumplimentados los requisitos arriba indicados, el Potencial Ganador se consolidará como Ganador definitivo del Premio ofrecido el que le será entregado por el Organizador. La entrega de los Premios se efectuará en el domicilio del Organizador, o donde éste lo indique ante el Escribano Público que el Organizador designe a tal efecto dentro de los 120 días hábiles de haber finalizado el Entretenimiento. En caso de que el Ganador no pueda retirar personalmente el Premio en la dirección del Organizador anteriormente mencionada o donde este lo indique antes del 31 de Enero de 2015, el Premio se dará por perdido, sin derecho por parte del Ganador a reclamo de ninguna índole.

Si habiendo sido asignado el Premio, el Organizador no pudiera concretar la entrega conforme lo indicado en el párrafo anterior, el Premio será asignado a quien resulte segundo en orden de prelación según las disposiciones del presente Reglamento. En ese caso se procederá con el mecanismo indicado en el punto 11 y sucesivos.

16. A los efectos de la participación se tomará como válido el número telefónico registrado al momento del envío del SMS con la palabra clave precitada sin que pueda ser opuesta al Organizador la pérdida, hurto, robo, extravío o avería de los correspondientes equipos y chips telefónicos al cual pertenecía ese número telefónico.

18. La sola participación en el Entretenimiento implica el conocimiento y aceptación de este Reglamento, así como el reconocimiento y aceptación de las decisiones que, conforme a derecho, el Organizador y/o el Operador adopte con relación al Entretenimiento, las que tendrán carácter de definitivas e inapelables.

19. RESPONSABILIDAD:

19.1 En ningún caso el Operador será responsable del presente Reglamento. El Operador no será responsable por ningún daño o perjuicio de cualquier tipo que pudieran sufrir los Clientes con motivo de la participación en el Entretenimiento, ni con el destino que ellos dieren al Premio adquirido, así como todo tributo que deba actualmente abonarse o se imponga en el futuro sobre los bienes y servicios ofrecidos, así como de todo otro daño originado en ocasión de su retiro, reclamo, o uso y disfrute.

19.2 El Operador no se responsabiliza por la demora en el envío y recepción de los mensajes de texto surgidos del servicio prestado por el operador, cualquiera sea la razón o causa (caso fortuito, fuerza mayor, causales técnicas, etc.), que motive el inconveniente. El Cliente no podrá formular reclamo alguno derivado de ello y afecte su participación normal en el Entretenimiento.

19.2 El Operador no será responsable de los daños y perjuicios que pudieran sufrir los Clientes y Ganadores en sus personas y/o sus bienes, con motivo o en ocasión de la participación en el Entretenimiento o de la utilización o realización, según sea el caso de los Premios. Tampoco por las fallas de los equipos de comunicación, ni por desperfectos técnicos, errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran interrumpir o alterar el normal desarrollo del Entretenimiento o causar daños en los equipos o software de los Participantes y/o Ganadores.

19.3 El Operador no asume responsabilidad de tipo alguna por la información incorrecta o inexacta relacionada a este Entretenimiento, bien sea causada por un Participantes, error humano y/o cualquier otro factor que pueda ocurrir durante el Entretenimiento. El Operador no será responsable por ningún daño o perjuicio, directo o indirecto, incluyendo sin ningún tipo de limitación daños producidos por las pérdidas o deterioros de la información, ni por las demoras, interrupciones y defectos que pudieran existir en las transmisiones, mediante la participación en el Entretenimiento, así como tampoco de los virus o fallas del sistema.

19.4 Los Clientes deberán mantener indemnes al Operador frente a cualquier reclamo originado por cualquier violación de lo aquí dispuesto, o de cualquier reclamo que inicie o pudiera iniciar cualquier tercero. El Cliente consiente el uso de la aplicación y es plenamente responsable de las consecuencias de la misma

19.5 El Operador no garantiza la exactitud o integridad del Entretenimiento ni su acceso. Este Entretenimiento NO resuelve problemas relacionados al servicio.

19.6 El Organizador será exclusivo responsable por el presente Reglamento y por el/los Premio/s que corresponda entregar en virtud de las mismas, comprometiéndose a cumplir con la regulación que resulte aplicable y mantener al Operador indemne frente a cualquier reclamo recibido de los Clientes, Lotería Nacional S.E., Loterías Provinciales, Direcciones Generales de Rentas Provinciales, Lealtad Comercial, u otra autoridad de aplicación o de terceros con relación a las mismas.

19.7 El Operador no será responsable por la falta de cumplimiento por parte de los Participantes y/o de los Ganadores de las condiciones aquí descriptas. El Operador no será responsable de los daños y perjuicios que pudieran sufrir los Ganadores y/o sus acompañantes y/o terceros, en sus personas y/o bienes, con motivo de la utilización y/o efectivización del Premio. El Operador no será responsable por los daños y perjuicios que pudiera sufrir el Ganador y/o terceros, en sus personas o bienes con motivo y/o en ocasión de su participación en la Promoción, y/o de su calidad de Participantes y/o Potenciales Ganadores y/o por o en ocasión del retiro de los Premios y/o utilización de los mismos. El Operador no otorgará garantías de calidad, funcionamiento, ni ninguna otra en relación con los Premios que se entreguen, debiendo dirigirse cualquier reclamo a los responsables primarios del Premio de que se trate. El Operador, bajo ninguna circunstancia será responsable por los daños y/o perjuicios que pudiere generar la utilización del Premio.

19.8 El Operador no será responsable no será responsable por cualquier acto o acción del Ganador que impidieren la efectivización y/o utilización del Premio.

19.9 El Operador no será responsable y por lo tanto no asume responsabilidad alguna por (i) ningún daño y/o perjuicio, de cualquier tipo que fuere, que pudieran sufrir los Participantes y/o terceros, en sus personas y/o bienes, con motivo de y/o con relación a su participación de este Entretenimiento y/o con relación al uso y goce y/o disposición de los Premios; (ii) fallas en la red, de los servicios postales, por desperfecto técnicos y/o por errores humanos y/o acciones deliberadas de terceros que pudieran interrumpir y/o alterar y/o impedir y/o obstaculizar el contacto y/o comunicación con el Operador y/o el desarrollo de la acción a los efectos de proceder al trámite para la asignación y/o entrega de los Premios. Los Premios no incluyen ninguna prestación y/o servicio no enumerado en estas Bases y Condiciones. iv) los daños y perjuicios que pudieran sufrir los Participantes y/o Potenciales Ganadores, y/o terceros, en sus personas y/o bienes con motivo y/o en ocasión de su participación en la Promoción y/o retiro y/o uso y goce de los Premios. (v) daños y perjuicios que pudieran sufrir los Participantes y/o Potenciales Ganadores y/o Ganadores por la falta de presentación en el tiempo indicado en los lugares que indique el Operador a los efectos del desarrollo del Entretenimiento, y/o el incumplimiento en tiempo y forma de los recaudos exigidos bajo este Entretenimiento para la participación, asignación y/o entrega del Premio. El Operador no aceptará reclamos por participaciones posteriores al Plazo de Vigencia del Entretenimiento.

20. DE LAS INDEMNIDADES

20.1 Los Clientes aceptan por medio del presente que:

Se obligan a indemnizar y mantener indemne al Operador y a todas sus compañías relacionadas, de cualquier demanda y/o reclamo, ya sea judicial o extrajudicial, de la naturaleza jurídica que fuese.- El Operador no será responsable de daño y/o perjuicio alguno que pudiera sufrir cualquier Cliente, así como sus acompañantes y/o terceros, en sus personas y/o bienes, con motivo o en ocasión del cumplimiento de lo dispuesto en el presente Reglamento o por cualquier tipo de participación en este Entretenimiento, renunciando todas las personas mencionadas a realizar cualquier reclamo contra el Operador por los daños y/o perjuicios mencionados en esta Cláusula.

20.2 Cada Ganador del Premio será exclusivo responsable del uso que le diera al Premio y deberá mantener indemne al Operador y demás empresas del Grupo Telecom ante cualquier reclamo que pudieran realizar terceros o cualquier organismo administrativo judicial u extrajudicial en virtud de su uso.

21. El Entretenimiento podrá ser difundido a través de los medios que el Organizador estime conveniente. Asimismo El Operador, podrá difundir el Entretenimiento mediante sus medios tradicionales de comunicación y enviando un mensaje de texto a todos sus Clientes que posean teléfonos con el servicio de mensajes de texto habilitado durante la vigencia del Entretenimiento.

22. DATOS PERSONALES:

Cada Cliente es responsable de la veracidad y exactitud de sus datos registrados y brindados a al Organizador/Operador.

Se deja constancia que el titular de los Datos Personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis (6) meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley N° 25.326 (Disposición 10/2008, artículo 1°, B.O. 18/ 09/2008). La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, órgano de Control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al cumplimiento de las normas sobre Datos Personales. Al momento de facilitar al Operador sus Datos, los Participantes y Ganadores prestan expreso consentimiento para que tales Datos puedan ser utilizados por el Operador con fines publicitarios y de marketing en general. La información de los Participantes y Ganadores será tratada en los términos previstos por la Ley Nacional de Protección de Datos Personales N° 25.326. El titular de los Datos podrá solicitar el retiro o bloqueo de su nombre de la base de datos, contactándose con el Operador.

Se informa que: 1) “El titular de los Datos Personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el art. 14 inciso 3 de la Ley 25.326 y 2) La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, órgano de Control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales”

Se deja constancia que el Organizador dará estricto cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 25.326 y sus normas reglamentarias y complementarias.

Los Clientes autorizan al Organizador a utilizar los datos obtenidos a través del desarrollo del Entretenimiento para la creación de una base de datos con el sólo objetivo de realizar el “puntaje” o listado de potenciales Ganadores del Entretenimiento, sin derecho a indemnización o compensación alguna.

23. De la Publicidad y Comunicación Pública

La participación en el presente Entretenimiento importará la expresa autorización para la difusión pública, transmisión, retransmisión, reproducción o publicación de las filmaciones, fotografías, imágenes o grabaciones de imagen y/o voz de los Ganadores, en todos y cualquier medio de comunicación (visual, audio u otra incluyendo presentaciones por televisión por aire, antena, cable, satélite, radio, Internet, etc.) con la finalidad de promover los productos y servicios del Organizador y/o del Operador durante el plazo de vigencia del Entretenimiento y hasta dos (2) años después de su finalización, sin que el Cliente tenga derecho al reclamo de indemnización o compensación alguna. Los Clientes garantizan que no existen terceros que tengan derechos de exclusividad sobre la exhibición, publicación, difusión, reproducción y/o la puesta en el comercio de su imagen, voz y/o datos personales. En caso contrario, se comprometen a mantener indemne al Organizador y/o Operador respecto de cualquier reclamo que por este motivo pudieran formular terceras personas. Los Clientes reconocen que la participación en el Entretenimiento no les causa ningún perjuicio patrimonial, por tanto, renuncian a cualquier reclamo que puedan efectuar por la posible disminución de sus ingresos.

El Operador se reserva el derecho a realizar las campañas publicitarias, de prensa, promoción, publicación y difusión que consideren convenientes, en las cuales podrán incluir los nombres imágenes e interpretaciones (en cualquier formato y medio que fuere) de los Clientes. Con la sola aceptación de este Reglamento y participación en el Entretenimiento y los Clientes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, imágenes e interpretaciones, por todos los medios existentes, ya sea integrando contenidos artísticos o en publicidad comercial, sin que sea necesaria ningún tipo de confirmación ni documento adicional a la aceptación del presente Reglamento. En virtud de esta autorización, ningún Cliente tendrá derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización de los nombres y/o imágenes mencionado precedentemente.

La participación en este Entretenimiento implica, para quienes resulten Clientes y Ganadores, la expresa autorización al Operador para difundir y utilizar su nombre y apellido, imagen y voz, en la forma y en los medios que consideren conveniente, sin derecho a reclamo de compensación ni indemnización alguna y sin que ello genere ningún tipo de responsabilidad al Operador. La presente autorización es realizada en los términos del art. 1.071 bis del Código Civil y toda otra normativa concordante.-

24. El presente Reglamento, serán publicados en la sección destinada a la misma en la siguiente página Web del Organizador: bases.bennu.tv

25. EXCLUSIONES

No podrán participar del presente Entretenimiento los empleados del Organizador, ni los empleados del Operador ni sus parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive ni sus cónyuges.

Quedan asimismo excluidos como método de participación en el Entretenimiento todo método de participación automática, ya sea mediante software y/o hardware específico, o cualquier otra herramienta distinta de un método de participación manual. En caso de que el Organizador detecte una participación por un método distinto al envío manual de SMS, el Cliente será automáticamente excluido de todos los procesos de selección del Entretenimiento, y en caso de resultar Ganador, perderá todos los derechos inherentes a dicha condición. Se considerará a todos los efectos -no mediando fallas técnicas de la plataforma del Operador- que los SMS han sido remitidos en forma fraudulenta cuando desde un mismo número telefónico se remitan al menos dos (2) SMS en menos de diez (10) segundos.

26. MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO:

El Presente Reglamento podrá ser modificado sin previo aviso a criterio conforme a Derecho por el Organizador previa autorización del Operador y publicado a través de los medios previstos en el mismo.

El Organizador previa autorización del Operador se reserva el derecho de modificar los horarios y fechas de comienzo y cierre del Entretenimiento si lo considera pertinente, sin que ello genere derecho al pago de compensaciones o indemnizaciones a favor de los Clientes.

27. El Organizador podrá suspender definitiva o transitoriamente este Entretenimiento, como así también introducir las modificaciones que juzgue convenientes en cuanto a las condiciones y características del mismo, en caso de configurarse el supuesto caso fortuito o fuerza mayor o bien cuando circunstancias no previstas lo justifiquen, sin que ello genere derecho alguno o reclamo por parte de los Clientes.

28 Propiedad Intelectual de Personal

El Operador no concede ninguna licencia o autorización de uso de ninguna clase sobre sus derechos de propiedad industrial e intelectual o sobre cualquier otra propiedad o derechos relacionado con el Entretenimiento o que se encuentren vinculados a él. (Incluye marcas, logotipos, diseños, arte, títulos, símbolos, entre otros). Toda marca, logotipo, diseño, arte, títulos, símbolos, know-how, u otras propiedades intelectuales en relación con la imagen, nombre, mención, voz, fonogramas u otras son pertenecientes al Operador y se prohíbe su uso por parte de los Usuarios.

29. Garantías:

– El Organizador manifiesta que posee la autorización necesaria para desarrollar esta acción. – El Organizador garantiza que el Entretenimiento no viola derechos de propiedad intelectual, ni el derecho a la privacidad, intimidad ni ningún otro derecho público o privado. – El Organizador será exclusivo responsable por el presente Reglamento y por el/los Premio/s que corresponda entregar en virtud de las mismas, comprometiéndose a cumplir con la regulación que resulte aplicable y mantener al Operador indemne frente a cualquier reclamo recibido de los Clientes, Lotería Nacional S.E., Loterías Provinciales, Direcciones Generales de Rentas Provinciales, Lealtad Comercial, u otra autoridad de aplicación o de terceros con relación a las mismas.

30. De la Inexistencia de vinculación del Entretenimiento con otras Promociones

El presente Entretenimiento no se encuentra vinculada a ningún otro programa y/o promoción existente o que en el futuro sea desarrollado por el Operador. Siendo así, el Operador podrá desarrollar otros programas y/o campañas que utilicen mecanismos semejantes al presente, sin que por ese hecho pueda ser considerado que los beneficios resultantes de uno y del otro puedan ser acumulativos entre los programas y/o campañas.

31. . Las imágenes del Premio -en caso de corresponder a algún objeto- son a modo ilustrativo y el Premio a entregarse es el precedentemente descrito. Las imágenes, marcas y logos exhibidos son propiedad exclusiva de sus titulares.

32. Se informa a los Clientes que el Organizador sub-encargará el tratamiento de los datos de carácter personal de los Clientes a las entidades del Operador, y propietaria de la plataforma técnica utilizada para el cumplimiento de las actividades de gestión, mantenimiento e interconexión con las empresas de telefonía celular de la plataforma técnica utilizada para el almacenamiento, tratamiento de los datos personales y la prestación del servicio.

33 . El presente Reglamento podrá ser consultado en http://bases.bennu.tv . Ante cualquier reclamo el Cliente podrá enviar un e-mail a atencion.cliente@bennu.tv

34. JURISDICCIÓN:

El presente Entretenimiento se rige por este Reglamento y por las leyes pertinentes de la República Argentina. Frente a cualquier eventual conflicto derivado de la participación en el Entretenimiento, las partes renuncian expresamente a cualquier otro fuero y jurisdicción que les pudiera corresponder y se someten a la jurisdicción de los tribunales ordinarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.